viernes 4 de noviembre de 2011

JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN: EL TRÁNSITO DEL LENGUAJE SERVIL AL LENGUAJE DE LA LIBERTAD, 1812 – 1814.

JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN: EL TRÁNSITO DEL LENGUAJE SERVIL AL LENGUAJE DE LA LIBERTAD, 1812 – 1814.

1. Quien el futuro habría de ser el principal defensor de la implantación del régimen republicano en el Perú, en el período de la revolución hispánica perteneció al grupo de liberales limeños que se formó a raíz de la promulgación de la Carta gaditana. Ya desde la Oda compuesta en honor de José Baquíjano y Carrillo el año de 1812, como homenaje por su nombramiento como Consejero de Estado, el futuro Tribuno de la República Peruana, a decir de Porras, expresa los “sentimientos coactados por la tiranía virreinal” entonando “un canto a la libertad”[1]. En esa composición se manifiesta el deseo de los criollos liberales por igualarse en derechos con los peninsulares. Su inicio, como el de todos aquellos discursos críticos de la arbitrariedad y postergación colonial de los americanos dice así:

“Atado estaba el Continente nuevo
Trescientos años con servil cadena.
A cuyo ronco son su acerba pena,
Su eterna esclavitud… llorar solía
En triste desventura”

No importaba que en los conocimientos de las diversas materias las de los americanos excedieran a los de los peninsulares. Siempre se privilegiaba a estos últimos. El mando era ejercido por un peninsular mientras que el americano debía ser sometido:

“Y el infeliz colono
Por sabio, por intrépido que fuese,
Y en valor excediese
Al vizcaíno, gallego o castellano,
Su cerviz sometía,
Y no mandar, sí obedecer sabía”

Sin embargo, ahora todo parecía presagiar un cambio. La instauración de las Cortes con un gobierno liberal, igualando los reinos americanos a los de España y reconociendo lo mismo entre sus moradores, posibilitaba el acceso a los cargos públicos de la nación tanto a criollos como peninsulares. He ahí el reciente ejemplo de Baquíjano como Consejero de Estado:

“Salve ¡ó Perú! ¡ó América opulenta!
Que la terrible cadena
Hase roto; y a su grato estruendo
La santa libertad batió riendo
Sus alas celestiales
Sobre su fértil suelo,
Y en Baquíjano al fin posó su vuelo.
Salve ¡ó Joseph! Pues eres el primero
Que a tan excelso honor has ascendido,
En quien la unión fraterna tan deseada
Llegó a verse por fin asegurada.
(…)
Tú salvaste el primero
La alta muralla, que una mano impía
Formó para cerrarme
Del brillante mandar la dulce vía”
[2].

2. La Constitución de Cádiz publicada y juramentada en Lima el mes de octubre de 1812 reforzó las expectativas de los liberales criollos en cuanto al advenimiento de una nueva época en la nación española y en el reino del Perú. Próximas las elecciones populares para elegir a los miembros del novísimo ayuntamiento constitucional y de los diputados a las Cortes ordinarias, Sánchez Carrión conformaba el grupo liberal liderado por el fiscal protector de naturales de la Audiencia de Lima Miguel de Eyzaguirre. Además, realizaría sus prácticas necesarias para optar el título de abogado en el estudio de José Gerónimo de Vivar. En este momento de expectación y fe en la libertad prodigada por la Carta, el entonces maestro colegial del Convictorio de San Carlos tuvo activa participación en la puesta en planta de las instituciones previstas por la Constitución. En efecto, lo veremos actuar en las turbulentas y tumultuarias primeras elecciones populares de la ciudad de Lima, esto es, las primeras del reino del Perú.

3. Por bando del virrey Abascal las elecciones parroquiales para elegir a los electores que en el salón consistorial elegirían a los miembros del ayuntamiento constitucional fueron convocadas para el día 9 de diciembre de 1812. Según los acuerdos de la Junta Preparatoria de Elecciones las seis parroquias de las que se componía la ciudad fueron divididas en siete. La parroquia del Sagrario de la Catedral, la de mayor población, fue dividida conformándose la vice-parroquia de los Huérfanos. En esta división, que supuestamente tenía por finalidad facilitar los sufragios, parece que hubo intencionalidad política. Sería el momento para la aparición pública del colegial maestro carolino. En la reunión de la junta parroquial celebrada en el convento de San Juan de Dios, en el momento en que se realizaba la votación, según se lee en el acta electoral, representó “el derecho que tenía, como qualesquiera otro ciudadano de los avecindados en la vise-parroquia de los Huérfanos a sufragar por diez electores, qe. fueron los señalados a la Parroquia de la Catedral, respecto de no haber esta debido dividirse, exponiendo que por no entorpecer aquel acto, ni dar el menor motivo de inquietud, renunciaba por esa sola vez al referido derecho, pero con protesta de hacer uso de él para las elecciones venideras”
[3].

4.
En efecto, en las elecciones parroquiales para elegir a los diputados a Cortes ordinarias, iniciadas el 28 de diciembre, Sánchez Carrión cumplió con lo prometido. En el local del convento de La Merced, sede para las votaciones de la parroquia del Sagrario (ya no dividida), correspondía sufragar al colegial maestro. Empero, al acudir al local se percató que la mesa electoral rechazaba el voto de los colegiales del convictorio. La razón que alegaba la mesa era la disposición que había comunicado el virrey en el bando de convocatoria por la cual no tenían derecho a sufragar los pupilos y menores, “a no ser que estos se dirijan por sí administrando sus bienes por requerirse maduro juicio para el acierto en asunto que tanto interesa al público a que deben asistir los ciudadanos que puedan dicernir la gravedad del negocio”. Sánchez Carrión intervino para reclamar al presidente de la mesa electoral por esa decisión que consideraba irregular. Mas, al advertir que los miembros de la mesa persistían en su actitud de negativa, retomando nuevamente la palabra fundamentó el derecho de los colegiales para ejercer el voto, concluyendo su intervención con una arenga (con “voces descompasadas”, según manifestara Baquíjano), destinada a “inflamar” a los ciudadanos presentes y para que los miembros de la mesa de sufragio modifiquen su decisión. Estos, intimidados por la numerosa concurrencia que instaba porque se permita el voto a los colegiales, cedieron a los reclamos de la multitud para evitar “los males que podían resultar del calor y la irreflección”
[4]. Las elecciones parroquiales y de partido en la ciudad de Lima favorecieron a los liberales limeños, pero en la junta electoral provincial fueron derrotados por las maniobras del virrey.

5. La Constitución de Cádiz había sido recibida con expectativas por los liberales criollos. Sin embargo, con el transcurso de los días estos se dieron cuenta que su vigencia efectiva estaba supeditada a las decisiones del virrey. Del mismo modo, palparon claramente que los márgenes de autonomía que podía brindar a las instituciones controladas por los criollos, verbigracia el ayuntamiento constitucional, eran mínimos. En suma, el virrey y la propia Carta se erigían como obstáculos al autogobierno. Empero, por el momento lo importante era tratar que la Carta tenga plena vigencia, no obstante las arbitrariedades de Abascal. Es lo que hubo de tener en cuenta Sánchez Carrión al momento de pronunciar su arenga del 19 de marzo de 1814, con motivo del segundo aniversario de la promulgación de la Constitución Política de la Monarquía Española. A nuestro juicio es el documento más representativo de la “retórica contra la arbitrariedad” en el período del constitucionalismo gaditano. No solo por su contenido, síntesis ejemplar de la ley fundamental, sino por haberla expresado ante el propio virrey, quien de corazón detestaba y aborrecía de la Carta. Como dijera Porras, la arenga “es una luminosa síntesis de libertades”, un “himno valiente de la libertad”
[5].

6. Se trata del tránsito del lenguaje servil, típico de las arengas pronunciadas en los besamanos anteriores a la vigencia de la Constitución, al lenguaje constitucional, o mejor dicho, al lenguaje de la libertad. Un lenguaje del hombre libre que “ha perdido la reverencia del vasallo”
[6]. Su comienzo es memorable. No hay mejores palabras que las de Porras para hacer la presentación. En efecto, “No se había oído dentro de las antesalas del virrey voz más gallarda que la que ese día, rompiendo una tradición servil, comenzó a hablar en este lenguaje de rebeldía”[7]:

“Entre los días, en que la etiqueta solía congregarnos en este lugar, ninguno estaba consagrado a la interesante y dulce memoria de los imprescriptibles derechos de la patria. Amortiguados los valerosos españoles por la arbitrariedad y el despotismo del antiguo sistema, se acercaban temblando en tales días a bezar la mano de los reyes, a prostituir el inestimable don de la palabra, y a tributar acaso gracias por la opresión y tiranía. Pero ¡qué diferencia! Revestidos ahora del sagrado e inviolable carácter del ciudadanato, se reúnen, se presentan a congratularse mutuamente; a exaltar un entusiasmo desconocido; a avivar las fuertes pasiones que mantienen el espíritu público; a celebrar el aniversario del glorioso y memorable 19 de marzo de 1812, en que se promulgó la constitución política de la monarquía española”
[8].

Gracias a la promulgación de ese “libro sacrosanto” perecían para siempre los ominosos días de larga esclavitud de la nación española, batiendo sus alas sobre esos territorios la “amable libertad”. Desde ese momento cada uno de los individuos de la España tenía la “dignidad de un hombre”, con derechos tales como la libertad de imprenta y los otros, decía, dirigiéndose altivamente al virrey, “que no hemos querido, ni debido renunciar”
[9]. Empero, a pesar de haber decretado las Cortes mediante la Constitución “la libertad de ambos mundos”[10], existían aún riesgos contra la libertad por la presencia de “serviles cortesanos” que detestaban la obra de las Cortes y deseaban el retorno al régimen absolutista fulminado por la propia Constitución, sujetos entre los cuales se encontraban las principales autoridades del reino, quienes si bien la habían jurado públicamente, no habían “hecho pasar la constitución de sus labios a su pecho”, zahiriendo “descaradamente la conducta de los que hablan conforme al espíritu de la constitución”[11]. Estas eran sus rotundas palabras para aquellos anticonstitucionales que, según Porras, “debieron provocar el disgusto del virrey”, disgusto, claro está, que la autoridad no hizo público.

“Y ¡qué! ¿habrá todavía serviles cortesanos, que mancillan la conducta del congreso más augusto que jamás vieron los siglos? ¿Habrá fanáticos, que con la capa de religión y de virtud, se empeñan en frustrar y entorpecer el giro de sus decretos inmortales? ¿Habrá criminales descontentos, que suspiren por los vicios del sistema envejecido? No debe haberlos; el pueblo español ama demasiado sus derechos, y él sabe sacrificar a su venganza al que siquiera imaginase reo de tan horrendo crimen. Que muera, señor excmo., al riguroso cuchillo de la ley, si hubiese alguno, que muera… y que nos dexen reposar tranquilos a la sombra de un árbol plantado en medio de tantas contradicciones, y regado con la sangre preciosísima de sus innumerables víctimas”
[12].

[1] Raúl Porras Barrenechea. “José Faustino Sánchez Carrión. El Tribuno de la República Peruana", Los Ideólogos de la Emancipación. Prólogo de Washington Delgado. Lima: Editorial Milla Batres, 1974. p. 75.
[2] José Faustino Sánchez Carrión. “Oda a Baquíjano”. Colección Documental de la Independencia del Perú. Tomo I. Volumen 9. Los Ideólogos. José Faustino Sánchez Carrión. Recopilación e investigación por Augusto Tamayo Vargas y César Pacheco Vélez. Lima: Comisión Nacional del Sesquicentenario del Perú, 1974, pp. 345 – 347.
[3] AHML. “Expediente formado, de las credenciales de los veinte y cinco Sores. Electores, que concurrieron a la Sala Capitular del Exmo. Cabildo, a elegir Sres. Alcaldes ordinarios, Sres. Regidres. y Sres. Procuradores grales., según la Constitución Política de la Monarquía. 1812”. Registros Cívicos 1812 – 1825. Caja Nº 1, Doc. 1, ff. 8v.
[4] Informe de Baquíjano al virrey. Lima, 30 de diciembre de 1812. Colección Documental de la Independencia del Perú. Tomo I. Volumen 9. Los Ideólogos. José Faustino Sánchez Carrión. Recopilación e investigación por Augusto Tamayo Vargas y César Pacheco Vélez, pp. 56 – 57.
[5] Raúl Porras Barrenechea. “José Faustino Sánchez Carrión. El Tribuno de la República Peruana", p. 77.
[6] Ibíd., p. 78.
[7] Ibíd., p. 77.
[8] José Faustino Sánchez Carrión. “Arenga que en el besamanos del 19 de marzo de 1814 tenido en celebridad del aniversario del día, en que se publicó la constitución política de la monarquía española, pronunció en nombre del convictorio carolino D. José Sánchez Carrión, colegial maestro del mismo colegio”. El Investigador del Perú. Nº 72. Lima, 25 de marzo de 1814, ff. 3- 4.
[9] Ibíd.
[10] Ibíd., ff. 7.
[11] Ibíd., nota 14, ff. 6.
[12] Ibíd., ff. 6.

1 comentarios:

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